La Regalia Pascual

navidad2Realidades del pago de la regalia pascual

Les recordamos que la fecha límite para el pago del  sueldo  número trece, (la regalía pascual) es el día  20 del mes de diciembre según  lo establece la ley 16-92  del código de trabajo, en su Art. 220; recordándole que el salario para la misma esta comprendido por el salario base mas las comisiones, pagos retroactivos y horas nocturnas. Es de gran importancia para el buen funcionamiento de sus empresas el realizar una previsión de gastos para este fin de año.

El salario de Navidad es la regalía pascual  o doble sueldo que se gana mes por mes, pero que se paga en una sola entrega en el mes de diciembre de cada año.

Todos los trabajadores tienen derecho al salario de navidad, ya sea que estén ligados a la empresa por un contrato por tiempo indefinido o ya sea que hayan sido contratados para la ejecución de una obra o la prestación de un servicio determinado.

Los empleados que no haya prestado servicios durante todo el año, tiene derecho, pero sólo recibirá una proporción en relación con el tiempo trabajado (Art.220).

Los empleados despedidos  justificadamente no pierden el derecho al salario de navidad, sea cual fuere la causa de terminación del contrato de trabajo, el trabajador conserva su derecho a recibir el salario de Navidad (Art.221).

Es bueno tener a mano para estas fechas tan solicitadas el calendario fiscal para el mes de Diciembre  a fin de no perder de vista nuestras obligaciones con la DGII.

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